Activan norma de la reforma laboral que permite disolver sindicatos

El artículo 297 de la Reforma Laboral permite al empleador solicitar a la Dirección del Trabajo la disolución del Sindicato. 

Por 4 Ojos Comunicaciones
Si bien no se autoriza a los empleadores para solicitar a los tribunales laborales que decreten la disolución de un sindicato, sí se les permite “solicitar fundadamente” a la Dirección del Trabajo que interponga dicha demanda, lo que produce un resultado equivalente, cabe destacar que dicha facultad no existía antes de la reforma.

Según consigna DF, fue esta norma la que invocó la empresa Fritz ante la DT la cual el 13 de Abril interpuso ante tribunales la solicitud de disolución del sindicato Fritz Plaza Norte por no tener el número mínimo de afiliados, y es que después de la Reforma esto también cambió haciendo más complejo cumplir con los quorums necesarios para formar un sindicato. 

Esto corre para empresas de más de 50 empleados se necesitan 25 que representen a lo menos el 10% del total para formar un sindicato y en empresas de menos de 50 empleados el mínimo es 8 pero que representen a lo menos el 50% del total. 

Hasta la fecha no se sabe cuántas son las solicitudes en el DT sobre la misma materia, ya que ésta no ha entregado información al respecto.