El Director de Estudios de Fesumin, Iván Mlynarz, junto al dirigente Manuel Cortés de la FMC, asistieron en representación de CTMIN, a la mesa técnica por las 40 horas laborales.
La presentación se centró en la propuesta de compensar las horas por sobre las 40 horas laborales, con vacaciones para los turnos rotativos de 12 horas continuas.
“Nos convoca hoy en esta mesa técnica, que gran parte de nuestros representados realizan sus tareas en jornadas laborales en jornadas excepcionales. En particular, sistemas de turno de trabajo de 12 horas continuas, que son los llamados turnos 4×4 o 7×7”, comenzó Mlynarz.
Continuó señalando que Fesumin y CTMIN se han preocupado de este tema desde junio del 2017 cuando la ex Diputada Camila Vallejo planteó el proyecto. Desde ahí se comenzó a trabajar en las implicancias que tendría en la minería y cómo los trabajadores y trabajadores podrían buscar la mejor solución.
Sobre la dimensión del problema, se desglozó que una vez implementada la ley, los trabajadores con jornada excepcional minera, tendrían extras 35 minutos por cada día de trabajo. Lo que son 2 horas por semana, 4 horas por turno si es 7×7, totalizando 104 horas al año.
Como trabajadores, “Nos interesa obtener los beneficios de la reducción de jornada, una reducción de libre disposición que no sea en el campamento o fragmentada. Además, mantener la continuidad operacional del negocio y resolver estos asuntos en la ley, no depender de interpretaciones o criterios posteriores”, explicó Mlynarz.
Por ello, detallan que la propuesta consiste en que para jornadas excepcionales se mantenga la restricción de horas promedio semanales igual que en jornada ordinaria, sin horas extraordinarias.
Asimismo, que el exceso de horas trabajadas que conllevan las jornadas excepcionales se pueda compensar con días adicionales de feriado con las mismas características de los señalados en el artículo 68 del CT (feriados progresivos). Y que el mecanismo de compensación será aprobado por la DT al momento de revisar la solicitud de jornada excepcional.
En concreto, el articulado propuesto quedaría: Incorpórase en el inciso final del artículo 38, a continuación del punto y aparte, que pasa a ser punto y seguido: «En caso de que esta excepcional distribución de jornada requiera establecer ciclos que signifiquen un promedio semanal que supere el máximo legal establecido en inciso primero del artículo 22, el exceso se compensará anualmente como días adicionales de descanso. Los días adicionales de descanso no podrán superar los 10 días anuales».
El objetivo de Fesumin junto con los demás trabajadores de la minería agrupados en CTMIN, es poder intervenir en la etapa prelegislativa, instalando el tema de jornadas excepcionales mineras, para que cuando el proyecto se concrete como ley, integre el articulado propuesto por los trabajadores mineros.