Las obligaciones de los trabajadores de Collahuasi

Para hacer valer los derechos que todos tenemos como trabajadores, es fundamental respetar las obligaciones con las debemos cumplir dentro del área en la que nos desempeñamos. En el Reglamento Interno de Collahuasi están definidos los deberes y aquí te los mostramos:

Según detalla el Artículo 53° “son obligaciones especiales de orden de cada trabajador de la Compañía realizar la labor convenida de una manera oportuna, responsable y diligente, de acuerdo a las órdenes e instrucciones que emanen de sus superiores jerárquicos y de la administración de la Compañía”.
Asimismo, apunta a “respetar cabalmente los derechos fundamentales de sus superiores y compañeros de trabajo en su calidad de personas, y de todas los demás que por cualquier causa se relacionen con la Compañía o visiten sus instalaciones. En tal sentido deberá mantener un buen comportamiento personal y social; mostrar respeto hacia todos aquellos que laboran en la Empresa, sea en forma directa o indirecta; cumplir con las instrucciones y órdenes que reciban para la normal ejecución de sus labores; ser disciplinado y procurar desarrollar su trabajo en forma armoniosa y cordial con el resto de los trabajadores”.
En puntos posteriores también habla de desarrollar labores con lealtad a la Compañía sin aceptar “de terceros cualquier tipo de ventajas o regalos, especialmente en dinero”, como también para mantener “estricta reserva acerca de los asuntos y negocios que conozca el trabajador con motivo del desempeño de su cargo”
El reglamento, llama a no colaborar con quienes compitan con la empresa y a mantener un “rendimiento en el trabajo de acuerdo a sus capacidades y exigencias de producción que la compañía defina”.
Dentro de las obligaciones también resalta la puntualidad y la permanencia en el lugar de trabajo en las horas convenidas, calificando como falta de causal de despido los atrasos reiterados. Por lo mismo se pide dar aviso oportuno a la empresa y justificar debidamente toda ausencia al trabajo.
Este artículo también solicita a los trabajadores “mantener al día las licencias especiales para poder desempeñarse en su trabajo”. También “cumplir con el plazo legal de 30 días de anticipación, cuando presente por escrito la renuncia voluntaria al trabajo, salvo que el empleador acepte por escrito un plazo menor”.  
También se pide “concurrir al policlínico para efectuar el chequeo médico de altura, cuando la Compañía lo requiera… Acatar las indicaciones médicas, en caso de estimarse necesario bajar desde el altiplano hacia un nivel inferior”.
Respecto al trato con los jefes directos, es el reglamento es claro en advertir que es a la primera persona a la que hay que dirigirse, ya sea por temas laborales o de otro tipo como “accidente, robo, delito, o cualquier acto o hecho de tipo ilegal o ilícito que se produzca”.
En cuanto a temas de seguridad, el artículo indica que el trabajador debe primar por ella en primer lugar, al igual que en la conservación de las herramientas, maquinarias, vehículos e implementos de seguridad; esto también se aplica para teléfonos, equipos computacionales, acceso a redes informáticas, uniforme ropa de trabajo e implementos de protección. Todos estos implementos deben ser devueltos en caso de despido.
En el caso de los conductores, “se debe cumplir en todo momento con la legislación de tránsito vigente y las normas que la Compañía ha dispuesto para tal efecto”.
En otros temas, se pide “mostrar el contenido y permitir la revisión de cualquier paquete que porte el trabajador, ya sea a la entrada o salida del establecimiento”, asimismo, la empresa pide “mantener en buenas condiciones y limpios los espacios como casilleros o closets.
El reglamento, finalmente exige “cumplir con todas las normas que regulan la prestación de servicios en yacimientos y compañías mineras, y en especial con las disposiciones del Reglamento de Seguridad Minera”.