SMA ordena 7 medidas a Minera Los Pelambre por derrumbe de equipos en Bahía Conchalí

El 15 de agosto cayeron al mar diversos elementos que se encontraban sobre la plataforma “Jack Up” incluyendo una grúa y un grupo electrógeno, con hidrocarburos y aceites de origen vegetal que se encontraban en contenedores. El episodio tiene que ver con un colapso de la plataforma, durante la construcción de las obras marinas asociadas a la desalinizadora aprobada por el proyecto INCO de Minera Los Pelambres.

En relación a lo anterior, la Superintendencia del Medio Ambiente(SMA) ordenó a Minera Los Pelambres, titular del proyecto “Infraestructura Complementaria” (INCO, RCA N° 16/2018), tomar 7 medidas provisionales, que tienen por objetivo prevenir riesgos asociados a la fuga de hidrocarburos desde los equipos y contenedores que aún están sumergidos. Estas medidas deberán ejecutarse en un plazo de 15 días hábiles. 

¿Cuáles son las 7 medidas preventivas?

  1. Respecto a la ejecución del proyecto INCO, no ejecutar obras u actividades asociadas a la fase de construcción de las obras marinas del proyecto INCO, respecto a actividades constructivas en la superficie del agua, columna de agua o lecho marino de la Bahía Conchalí, hasta que se ejecute el rescate total de las sustancias y estructuras que representen un riesgo al medio ambiente, circunstancia que deberá ser visada por la Autoridad Marítima.
  2. En atención a la inexistencia de centros de rescate de fauna silvestre/fauna marina en las cercanías del lugar de la contingencia, el titular deberá habilitar un centro de rescate de fauna silvestre (mamíferos/aves) con especialistas ad hoc en la región de Coquimbo y/o gestionar disponibilidad de un centro de rescate en la región de Coquimbo o en otra región, considerando en ambos casos la logística necesaria para el traslado y rehabilitación de fauna que eventualmente pueda ser afectada por filtraciones de hidrocarburos al medio marino.
  1. Realizar una modelación hidrodinámica de deriva de la pluma de hidrocarburos y/o aceites en el área de la contingencia, que considere simulaciones en distintas condiciones de vientos, corrientes y mareas características del área, a objeto de reconocer a priori la dirección predominante de la derivación de la pluma de hidrocarburos, para anticipar y dirigir los esfuerzos de las tareas de contención, absorción, conducción y limpieza, en caso de que sea necesario.
  1. Realizar una evaluación y determinación de lugares del borde costero dentro del área de influencia, con mayor sensibilidad ambiental, de acuerdo al índice utilizado por DIRECTEMAR, de acuerdo al tipo de costa, tipo de recursos y su cercanía con posibles afloramientos de hidrocarburos.
  1. Mantener vigilancia con frecuencia diaria de la presencia de hidrocarburos en el cuerpo de agua en torno a los sitios de mayor sensibilidad ambiental, con capacidad de entregar información de detección de hidrocarburos en tiempo real o dentro del mismo día de registro/medición, y que pueda proveer de medios de trazabilidad y verificación de los resultados por parte de la autoridad ambiental.
  1. Mantener la vigilancia y monitoreo extraordinario de las matrices de aguas y sedimentos propuesta por el titular con ocasión de la contingencia, hasta que se ejecute el rescate total de las sustancias y estructuras que representen un riesgo al medio ambiente.
  1. Ejecutar monitoreo extraordinario de aves y mamíferos en el área de influencia, en concordancia con el objetivo señalado en el procedimiento “Plan de emergencia frente a derrame de hidrocarburos al mar”, hasta que se finalice el rescate de elementos que representen un riesgo al medio ambiente y hasta que se finalicen las labores de recuperación y limpieza, en coordinación con SERNAPESCA.

Es importante señalar que la SMA fiscalizará el estricto cumplimiento de las medidas señaladas,pudiendo ampliar el foco de las acciones requeridas o disponer de medidas adicionales con el objeto de minimizar los posibles efectos generados a partir de la contingencia.