Esta ley aborda diversas materias, destacando la estandarización en el cálculo y pago de pensiones de alimentos. Una de las principales novedades es poner fin a los descuentos en forma de porcentaje sobre los emolumentos totales, sustituyéndolos por pagos estandarizados calculados en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), directamente relacionados con las necesidades del menor o la menor beneficiaria.
La UTM es un indicador económico que se ajusta mensualmente según cambios en la inflación y otras variables económicas. De esta manera, la ley garantiza un valor de pensión de alimentos más justo, actualizado y acorde con las condiciones económicas vigentes.
Es importante destacar que esta nueva regulación afecta a quienes aún están bajo la modalidad de descuentos en porcentaje sobre sus emolumentos. Sin embargo, existen soluciones gratuitas disponibles a través de los convenios vigentes para nuestros socios y socias.
Para resolver dudas o adecuar las obligaciones conforme a las disposiciones legales de la Ley 21.389, se invita a los afectados a ponerse en contacto con la dirigencia sindical, ya que existen convenios con Estudios Jurídicos que pueden ver estos temas, sin costo para los socios y socias.
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