Cumpliendo con la obligación dispuesta en el artículo 294 bis del Código del Trabajo, conforme a la cual la Dirección del Trabajo debe llevar un registro de las sentencias condenatorias por prácticas antisindicales o desleales; este martes fue revelada la nómina de las 16 entidades condenadas en el primer semestre del año.
Según el Director del Trabajo, Pablo Zenteno, “las prácticas antisindicales son absolutamente repudiables pues atentan contra uno de los derechos fundamentales clave de la legislación laboral, que es el de la libertad sindical o, dicho de otra forma, el derecho de trabajadores a agruparse colectivamente en una organización formal que vele por sus intereses”.
Cabe destacar que en 12 de las 16 sentencias condenatorias, la DT jugó un rol activo al investigar las denuncias, comprobarlas y luego elevarlas a los tribunales de justicia.
Según Zenteno, la misión de la DT no se limita solo a defender a los trabajadores exclusivamente frente a vulneraciones de derechos individuales, sino que también vela porque las organizaciones sindicales “cumplan sin obstáculos de ningún tipo su rol en defensa de los derechos de sus afiliadas y afiliado “.
En cuanto a las sentencias, estas implican la aplicación de multas por un total de 1860 unidades tributarias mensuales o a valores de julio, un monto de $108.341.280. Sin embargo, la sanción más radical cobra efecto gracias a la ley 19.886, con la cual las empresas condenadas quedan excluidas durante dos años como proveedoras del sistema de compras públicas del Estado.