Negociación colectiva ramal: Gobierno anuncia que la impulsará el próximo año
La propuesta de la Nueva Constitución en el punto 5 del artículo 47, abre las puertas a la negociación ramal, al indicar que “Se asegura el derecho a la negociación colectiva. Corresponde a las trabajadoras y los trabajadores elegir el nivel en que se desarrollará dicha negociación, incluyendo la negociación ramal, sectorial y territorial. Las únicas limitaciones a las materias susceptibles de negociación serán aquellas concernientes a los mínimos irrenunciables fijados por la ley a favor de trabajadoras y trabajadores”.
