La norma que aborda el estatus de la minería fue ingresada el pasado 27 de enero y ahora espera ser puesta en tabla para una votación que se anticipa favorable, considerando que es respaldada por 14 convencionales del Colectivo Socialista, Chile Digno, Independientes No Neutrales y el Frente Amplio.
“Dominio público de los recursos naturales”, se denomina esta normativa que sugiere una ruta alternativa a la trazada por la propuesta ya aprobada, llamada “Norma por la nacionalización y Nueva Gestión Social y Ambiental de la Minería del Cobre, Litio y otros Bienes Estratégicos para el Buen Vivir”, presentada por Ivanna Olivares, de Pueblo Constituyente.
La propuesta consagra que “son bienes de dominio público de carácter absoluto, exclusivo, inalienables e imprescriptibles todas las sustancias minerales metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos”, señala que “las concesiones mineras se otorgarán de forma temporal, mediante un procedimiento administrativo transparente e informado a la ciudadanía y en los términos y condiciones que establezca la ley, con el fin de satisfacer el interés público y local que justifica su otorgamiento”, según se lee en la propuesta.
La Constituyente, María Trinidad Castillo, indica que la propuesta en carpeta para su votación “contempla una transición mucho más responsable, que da mayor certeza jurídica a los actuales inversionistas”. Mientras la otra propuesta, que fue aprobada para su discusión hace unos días, se refiere a una nacionalización “inmediata”, esta señala que “los titulares de las concesiones mineras vigentes a la fecha de entrada en vigor de la presente Constitución deben adecuarse al nuevo régimen jurídico en un plazo no mayor a cinco años, prorrogables por dos” a criterio de una “Comisión de Transición Minera” y mientras “entre en funciones el órgano estatal establecido en el articulado permanente”.
Según señala, este último sería clave para la actividad minera futura: “Será de competencia exclusiva de un órgano estatal la evaluación, otorgamiento, revisión, caducidad y extinción de las concesiones mineras, así como el seguimiento del cumplimiento de las concesiones otorgadas, tomando para ello los resguardos que sean necesarios”.
La mirada es bastante distinta a la norma presentada por Olivares, que establece que la indemnización asociada a la nacionalización “podrá determinarse sobre la base del costo original de dichos bienes, deducidas las amortizaciones, depreciaciones, castigos y desvalorización por obsolescencia. También podrá deducirse del monto de la indemnización el todo o parte de las rentabilidades excesivas que hubieren obtenido las empresas nacionalizadas”.
Finalmente, Castillo destaca que la norma que patrocina “también es más fuerte en términos de protección medioambiental” que la ya aprobada, debido a que establece que “quedarán excluidas de toda actividad minera aquellas zonas que la Constitución y la ley defina como áreas protegidas, los glaciares, las turberas y pomponales, las zonas en que se interfiera con las aguas que dan nacimiento a una cuenca hidrográfica y aquellas en que la actividad requiera un traslado forzoso de la población”.